Por. Ángel Martín Tax Yax.
Expresidente y actual Tesorero de Asociación de Periodistas y Comunicadores Sociales de Alta Verapaz APC-AV.
ESTADO DE CALAMIDAD ANUNCIÓ EN CADENA NACIONAL EL PRESIDENTE. ALEJANDRO EDUARDO GIAMMATTEI FALLA.
ESTADO DE CALAMIDAD DESDE EL 15 DE AGOSTO DE 2021.
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Según el mandatario de la Nación Alejandro Eduardo Giamattei Falla El Estado de Calamidad Pública se trata de una disposición establecida en el Decreto 7, de la Asamblea Nacional Constituyente, Ley de Orden Público, en la cual se establecen medidas para mantener la seguridad, el orden público y la estabilidad de las instituciones del Estado de Guatemala.
El estado de calamidad declaraba la limitación de los siguientes derechos constitucionales: derecho a la libertad de acción, la libertad de locomoción, el derecho de reunión y manifestación y lo relativo al derecho de huelga para trabajadores del Estado
¿Qué se puede hacer en Estado de calamidad?
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Impedir concentraciones de personas y prohibir o suspender espectáculos públicos y cualquier clase de reuniones. Establecer precios máximos o mínimos para los artículos de primera necesidad y evitar su acaparamiento. Ordenar la evacuación de los habitantes de las regiones afectadas o que estén en peligro.
Fuente. #Wikipedia.
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